viernes, 30 de mayo de 2008

EDUCACIÓN EN CHILE





· Cambios en el sistema de educación desde 1981 a la actualidad:

Los cambios en discusión en el actual sistema de educación de nuestro país, se encuentra ligado al periodo histórico asociado al régimen militar (Dictadura) y al periodo de la transición democrática pactada entre la concertación y los partidos de la alianza por Chile hasta la actualidad.

Estos cambios se encuentran ligados a un proceso de modernización del Estado de chile a través a una opción en cuanto al modelo de desarrollo para el país (modelo neo-liberal) y su continuidad pactada a la vuelta de la (seudo) Democracia. Esto tiene como consecuencia incidencia directa en la estructura y papel de las Políticas Públicas de nuestro país, reduciendo su rol a través del Estado al mínimo y entregando gran parte de su responsabilidad a entes privados (corporativistas)[1].

Los primeros cambios acaecidos durante el régimen militar tienen directa relación con la influencia ideológica neo liberal a través de los Chicago Boys y su ideólogo Milton Friedman[2], es así como en 1981 arranca la denominada Ley de Subvenciones, continúa con la municipalización de la educación, para liquidar con la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE)[3].

La “LOCE”, es promulgada el 10 de marzo de 1990, específicamente un día antes de que el dictador Augusto Pinochet Ugarte abandonara el poder, la que se podría denominar la consagración de la lógica libremercadista en educación. El texto con rango constitucional, de alto quórum, resulta el anclaje perfecto a un modelo de educación sostenido en el lucro desde la escuela Básica hasta la Educación Universitaria y en síntesis la que abre las puertas a la educación como negocio.

La ley “LOCE” da prioridad al Derecho de la Libertad de Enseñanza (art. 3º de resguardo a la libertad de enseñanza que se traduce en la libre empresa) por sobre el Derecho a la Educación.

Entonces que implica que se priorice el derecho a la Libertad de enseñanza por sobre el derecho a la educación:

· La Libertad de enseñanza se hace exigible ante los tribunales de justicia o vía tribunal constitucional. Esto significa que la justicia resguarda el derecho de los corporativistas privados a hacer valido el derecho a crear escuelas, universidades, institutos. En síntesis participar de la educación a través de instituciones sin más que los límites impuestos por la moral y las buenas costumbres, el orden público y la seguridad Nacional (art.06 LOCE). Y por otra parte impide acciones del estado frente a la libertad de enseñanza. (crear nuevos colegios frente a un mínimo control de calidad).
· Derecho a recibir subvenciones. Entrega a estas entidades (corporativistas) subvenciones por alumno aproximadamente cercano a los $30.000, lo que en definitiva permite y genera el lucro al centrarse en la cantidad de alumnos, siendo el único control existente las pruebas SIMCE, lo que permite la selección y exclusión de alumnos para tener altos puntajes y aumentar en definitiva la subvención.
· Permite el lucro con fondos públicos (pues no lo prohíbe explícitamente).
· Como único control Estatal del Lucro la prueba SIMCE, que en definitiva se traduce en el grave problema de selección y exclusión de alumnos en pos de un mejor puntaje promedio. Libertad de Sostenedores para seleccionar alumnos.
· Consejos Escolares de carácter Consultivo, no pueden afectar la libertad de enseñanza ya que posee un carácter jurídico constitucional.
· El Estado tiene un rol subsidiario
· Los fondos se entregan a terceros (corporativistas)
· Los corporativistas manejan y administran los fondos destinados a la educación.
· Derechos de los padres a escoger entre los establecimientos educacionales. (en definitiva son los establecimientos los que escogen a sus alumnos y no al revés.).

Entonces que implica el derecho a la educación bajo la libertad de enseñanza en el actual sistema de educación.

· Acceso al sistema escolar (Derecho a la educación con cobertura en todos los niveles).
· Derecho de los padres a educar a sus hijos.
· Financiamiento de un sistema de educación gratuita.

Entonces, a pesar de todos los supuestos esfuerzos que según la propia concertación a dicho realizar para mejorar nuestro sistema de educación nacional, NO cambia la base del problema y por lo tanto se mantiene la estructura lucrativa de los corporativistas a través de la LOCE, reduciendo al mínimo la calidad de la educación y esta solo se ve representada en unos pocos accesos, tampoco existe (ni se permite) un control estatal fuerte y mantiene la continuidad de un sistema forjado y culminado en dictadura. Esto quizás por que los propios expertos en educación de la concertación son de tendencia liberal o son sostenedores de colegios.[4]

Es así como podemos visualizar que las reformas dirigidas a mejorar la educación en nuestro país fueron abordadas desde los siguientes aspectos:

· Elevar los niveles de cobertura (pública y subvencionada)
· Aumentar de manera creciente la cantidad de recursos asignados por familias y el estado para financiar la educación de los estudiantes del país. (rol subsidiario).
· Elevar la cobertura de la educación de los sectores vulnerables. (subvención diferenciada para los niveles básicos y medios)
· Expansión del sistema de créditos y becas para los estudiantes de educación terciaria. (se accede a financiamiento a través del merito individual y la condición socioeconómica)
· Expansión de la cobertura de educación preescolar a nivel de Kinder y pre-Kinder.
· Mejorar tasa de asistencia para niños de distinta condición socioeconómica.
· Extensión de la educación obligatoria desde los 8 a los 12 años de escolaridad.
· Garantía estatal del estado para créditos de estudiantes de nivel superior NO cubiertos por el crédito solidario. (crédito con aval del Estado).

Por lo tanto se resuelve que es necesario buscar los mecanismos para expandir principalmente la cobertura y como consiguiente la mejora en los resultados, esto en malogro de una mejora real de la educación anclada en la LOCE, es así como finalmente el único cambio se traduce en la Ley General de Educación, LGE.

Los cambios en la LGE, estiman entonces los siguientes cambios:
· Derecho a una calidad minima en educación (protección ante corte de apelaciones)
· El cambio no se traduce en una responsabilidad real hacia las políticas públicas, sino más bien al sistema jurídico que recae directamente en los jueces por lo tanto la responsabilidad se mantiene de manera individual y de reclamo.
· Se crea la superintendencia de Educación, lo que en parte vendría a fiscalizar en parte al sistema. (más aparato burocrático para autofiscalizarce)
· Mantiene el lucro por lo que resulta nulo el cambio hacia un sistema de igualdad y solidario real.
· El financiamiento que en principio mantiene la igualdad de trato entre lo público y lo privado.
Precisamente son estos la base de los temas que se pretenden modificar con el movimiento estudiantil y para tales efectos se consideran y manifiestan como demandas.
[1] Art. 30 de la LOCE, corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro para el efecto de tener reconocimiento oficial.

[2] Los Chicago Boys al regresar a chile después de educarse en EE.UU. ejercen gran influencia sobre el régimen militar para aplicar una serie de medidas, que en cuestión tienen que ver con la ideología neo liberal, como reducir el rol del Estado, entregar a privados gran parte de sus responsabilidades, aceptar el lucro y la capitalización individual en distintas esferas de seguridad y protección social del país (Ej.: educación, salud y pensiones que hoy entregan grandes rentabilidades a corporativistas). Uno de los ideólogos que ejerce gran influencia es el premio Nóbel de economía, Milton Friedman con su postura ideológica que se puede percibir claramente en su libro “Libertad De Elegir” que escribe junto a su esposa Marie Friedman.

[3] La “LOCE”, Reconoce el derecho de la educación y la libertad de enseñanza, fija los requisitos mínimos y objetivos que deben cumplir la educación básica y media y norma el reconocimiento de los establecimientos educacionales de todo nivel, incluido el universitario. Además la Ley limita el accionar del ejecutivo, por lo cual el Fisco se restringe a un rol subsidiario en donde se entregan a terceros -sostenedores públicos o privados- el manejo y la administración de los fondos destinados a la educación.
[4] Como ejemplo podemos citar la conformación del consejo superior de educación en donde la gran mayoría era de representación liberal o donde inclusive una ex - ministra de educación de la concertación es sostenedora de colegios (Mariana Aylwin).

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